Legal
Anexo I — Acuerdo de facturación por cuenta de terceros
Anexo a las Condiciones Generales de Contratación para Vendedores de CanGerard. Regula el encargo por el que la Plataforma expide las facturas de las ventas del Vendedor en nombre y por cuenta de este.
Versión: 1.0 · 02/07/2026
1. Objeto y naturaleza
1.1. El presente acuerdo constituye el acuerdo previo documentado exigido por el artículo 5 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012), en virtud del cual el Vendedor encomienda a NEGOCIS DIGITALS CANGERARD, S.L. (la «Plataforma»), en su condición de tercero, la expedición material de las facturas correspondientes a las operaciones realizadas por el Vendedor a través del Sitio. 1.2. Las facturas se expedirán en nombre y por cuenta del Vendedor, quien conserva en todo momento la condición de obligado tributario y la responsabilidad por el cumplimiento de sus obligaciones de facturación, sin perjuicio de la responsabilidad de la Plataforma frente al Vendedor por la correcta ejecución material del encargo conforme a este Anexo. 1.3. Este acuerdo no constituye autofacturación por el destinatario ni convierte a la Plataforma en parte de las operaciones del Vendedor.
2. Ámbito
2.1. El encargo comprende exclusivamente: (a) las facturas (completas y simplificadas) de las ventas de Productos del Vendedor perfeccionadas a través del Sitio; (b) las facturas rectificativas derivadas de devoluciones, desistimientos, cancelaciones, descuentos o errores relativos a dichas operaciones; y (c) la entrega de las facturas al Comprador y de copia al Vendedor. 2.2. Quedan fuera del encargo las operaciones del Vendedor ajenas al Sitio y la llevanza de su contabilidad, libros registro y declaraciones fiscales, que corresponden en exclusiva al Vendedor.
3. Datos y veracidad
3.1. El Vendedor facilita y mantiene actualizados en el Panel los datos necesarios para la facturación: identificación completa, NIF, domicilio fiscal, régimen de IVA aplicable (régimen general, recargo de equivalencia, exenciones u otros regímenes especiales), tipos impositivos por Producto y cualquier mención obligatoria que deba constar en sus facturas. 3.2. El Vendedor garantiza la exactitud de dichos datos y responde de los perjuicios derivados de su inexactitud o falta de actualización, manteniendo indemne a la Plataforma frente a terceros y administraciones por tal causa. 3.3. La Plataforma comunicará al Vendedor, a la mayor brevedad, cualquier incidencia detectada en la emisión.
4. Reglas de expedición
4.1. Momento. Las facturas se expedirán de forma automática en el momento de la confirmación del Pedido o del cobro y, en todo caso, dentro de los plazos del artículo 11 del RD 1619/2012. 4.2. Series. Conforme al artículo 6.1.a) del RD 1619/2012, las facturas expedidas por la Plataforma como tercero se emitirán dentro de una serie específica y diferenciada por cada Vendedor, con numeración correlativa propia. Las rectificativas se expedirán en serie rectificativa específica. 4.3. Tipo de factura. Con carácter general se expedirá factura simplificada cuando la operación lo permita (ventas al por menor a consumidores finales dentro de los límites del artículo 4 del RD 1619/2012). Se expedirá factura completa: (a) cuando el Comprador lo solicite; (b) cuando el Comprador facilite un NIF y actúe como empresario o profesional; y (c) en los demás supuestos en que resulte obligatoria. El proceso de compra del Sitio permitirá al Comprador solicitar factura completa e introducir sus datos fiscales. 4.4. Contenido. Las facturas incluirán todas las menciones obligatorias del RD 1619/2012 según su clase, los datos identificativos del Vendedor como expedidor (con indicación de que la expedición material se realiza por tercero) y las menciones especiales que correspondan al régimen del Vendedor declaradas conforme a la cláusula 3. 4.5. Entrega y copias. La factura se remitirá automáticamente al Comprador por medios electrónicos y se pondrá a disposición del Vendedor, también de forma automática, copia de todas las facturas y rectificativas expedidas en su nombre, descargables desde el Panel. 4.6. Moneda e idioma. Las facturas se expedirán en euros y, como mínimo, en castellano.
5. Rectificativas, devoluciones e incidencias
5.1. Confirmada una devolución, desistimiento o cancelación conforme a las Condiciones, la Plataforma expedirá la factura rectificativa correspondiente en nombre del Vendedor. 5.2. El Vendedor podrá solicitar a través del Panel la rectificación de errores materiales; la Plataforma la tramitará con diligencia.
6. Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU
6.1. La Plataforma manifiesta que el sistema informático utilizado para la expedición de las facturas del Vendedor se adaptará a los requisitos del Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de los sistemas informáticos de facturación) y su normativa de desarrollo dentro de los plazos legalmente exigibles —tras el aplazamiento aprobado por Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados—, incluyendo, según proceda, la generación de registros de facturación con huella y encadenamiento, la inclusión del código «QR» tributario y, en su caso, la leyenda y remisión propias de la modalidad «VERI*FACTU». 6.2. El Vendedor reconoce que, respecto de las facturas expedidas a través del Sitio, el sistema de la Plataforma constituye su sistema informático de facturación a los efectos de dicha normativa, y se obliga a no manipular ni alterar los registros generados. 6.3. Si el Vendedor estuviera acogido a sistemas forales equivalentes o quedara excluido del ámbito del RD 1007/2023, lo comunicará a la Plataforma para la adaptación que proceda.
7. Conservación
7.1. El Vendedor, como obligado tributario, conservará las facturas y copias durante los plazos legales. La Plataforma conservará y mantendrá accesibles en el Panel las facturas expedidas durante la vigencia de la relación y, tras su terminación, facilitará al Vendedor una exportación completa. 7.2. La conservación por la Plataforma no exime al Vendedor de su propio deber de conservación.
8. Contraprestación
La expedición de facturas conforme a este Anexo está incluida en la Comisión y no devenga contraprestación adicional.
9. Revocación y terminación
9.1. El Vendedor podrá revocar este encargo en cualquier momento mediante comunicación a través del Panel o a gerard@cangerard.cat, con efectos desde el quinto día hábil siguiente. Desde la revocación, el Vendedor deberá expedir por sí mismo (o mediante otro tercero) las facturas de sus ventas en el Sitio; si ello no fuera técnicamente posible, la revocación comportará la baja del Vendedor, previa liquidación de las operaciones pendientes. 9.2. Este Anexo se extingue con la terminación de las Condiciones, subsistiendo las obligaciones de expedición de rectificativas pendientes, entrega de copias, exportación y conservación.
10. Protección de datos
Los datos personales tratados para la expedición de facturas (datos de Compradores y, en su caso, del Vendedor persona física) se tratarán conforme al Anexo II y a la Política de Privacidad. Los datos fiscales de los Compradores que soliciten factura completa se utilizarán exclusivamente para su expedición y conservación legal.
11. Ley aplicable y jurisdicción
Este Anexo se rige por el Derecho español y queda sometido al mismo fuero que las Condiciones (Juzgados y Tribunales de Barcelona).
Firma / aceptación electrónica del Vendedor
Firma / aceptación electrónica del Vendedor (registro con sello de tiempo en el Panel): • Vendedor: ____________________ · NIF: ____________ • Representante (si persona jurídica): ____________________ • Fecha y evidencia de aceptación: ____________________